Home 5 Sin categoría 5 Las enfermedades hematológicas graves se incluyen para la aplicación y desarrollo, en el Sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave

Se publica en el BOE núm. 34 de 2019 la Orden TMS/103/2019, de 6 de febrero, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave y se aprueba el modelo de declaración médica sobre la necesidad de cuidado continuo del menor, incorporando en dicho anexo el listado de enfermedades consideradas graves a efectos del reconocimiento de esta prestación.

La enfermedad hematológica grave queda recogida en el apartado “II. Hematología- 15 bis. Cualquier otra enfermedad hematológica grave que, por indicación expresa facultativa, como en las anteriores, precise de cuidados permanentes en régimen de ingreso hospitalario u hospitalización a domicilio”

A efectos de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, dispone el artículo 190 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que se considera situación protegida la reducción de la jornada de trabajo de al menos un 50 por ciento que, de acuerdo con lo previsto en el párrafo tercero del artículo 37.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, lleven a cabo los progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, cuando ambos trabajen, para el cuidado directo, continuo y permanente del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, se aprueba el modelo de «Declaración médica para el cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave», que figura como anexo II en esta orden.

https://www.boe.es/boe/dias/2019/02/08/pdfs/BOE-A-2019-1691.pdf

 

Comparte