Home 5 Enfermedades raras 5 Sanidad garantiza que los medicamentos de uso hospitalario no tendrán copago

Ni los medicamentos para el tratamiento del VIH, ni los de la tuberculosis ni otros de receta hospitalaria como el interferón beta para la esclerosis múltiple estarán sujetos a copago. El Ministerio de Sanidad garantiza su gratuidad, como hasta ahora, pese a una modificación de la Ley del Medicamento que parecía equiparar los medicamentos de la farmacia hospitalaria a los que se suministran en las boticas a través de receta médica.

El cambio está relacionado con la implantación de la receta electrónica para unificar la aportación del usuario si le dispensan el fármaco en el hospital o si se receta en el centro de salud y se compran en la farmacia.Sanidad asegura que solo afecta a los fármacos que también están en la farmacia.

El portavoz de Sanidad del Grupo Parlamentario Socialista, José Martínez Olmos, alertó de este cambio que dejaba la puerta abierta al copago para estos tratamientos de uso hospitalario. Olmos advertía que «aplicar el copago a los medicamentos dispensados de manera ambulatoria en los hospitales afectaría a tratamientos como el del VIH/Sida o el de la hepatitis C, que pueden costar hasta 40.000 euros al año, una cantidad que no estará al alcance de la mayoría de los pacientes». Desde el departamento que dirige, Ana Mato, se asegura que la interpretación del PSOE es «absolutamente falsa» y que los medicamentos de los hospitales, ya sean suministrados durante un ingreso hospitalario o de forma ambulatoria, «seguirán estando exentos de pago».

Modificación del BOE

El pasado sábado, 1 de diciembre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto-ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social, que introducía una modificación del artículo 94 de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, relativo a las aportaciones de los usuarios. En el primer punto de dicho artículo se amplía el concepto de la prestación farmacéutica ambulatoria para incluir en él, además de a los medicamentos dispensados mediante receta médica, a los que «se dispensan al paciente mediante orden de dispensación hospitalaria a través de oficinas o servicios de farmacia».

En concreto, las órdenes de dispensación hospitalaria son el documento que se utiliza para prescribir a pacientes no ingresados «medicamentos que exijan una particular vigilancia, supervisión y control, que deban ser dispensados por los servicios de farmacia hospitalaria a dichos pacientes». De este modo, al ampliar el concepto de prestación farmacéutica ambulatoria se estaría también ampliando el abanico de medicamentos «sujetos a aportación del usuario», el llamado copago farmacéutico, como establece el segundo punto del citado artículo 94. «La prestación farmacéutica ambulatoria estará sujeta a aportación del usuario», reza el articulado tras su última modificación, para luego detallar los porcentajes de copago según renta del ciudadano estipulados tras la reforma sanitaria impulsada por el Ministerio de Sanidad.

Enfermedad de Crohn, artritis

Según fuentes parlamentarias consultadas por Europa Press, entre los medicamentos que requieren orden de dispensación hospitalaria están algunos tratamientos contra el cáncer, la hepatitis C, la artritis reumatoide, la psoriasis, la esclerosis múltiple o numerosas enfermedades raras. Su precio varía en función de la duración de los mismos y el número de dosis requerida.

Por ejemplo, el fármaco para la artritis reumatoide y la enfermedad de Crohn adalimumab cuesta unos 1.127 euros por envase (que incluye dos jeringas de 40 miligramos), pero si se tiene en cuenta que el tratamiento requiere al menos 6 envases el coste ascendería a unos 6.762 euros. Asimismo, algunos tratamientos para la esclerosis múltiple como el interferón beta 1a o 1b, el natalizumab o el fingolimod también requieren orden de dispensación hospitalaria, y el coste medio anual del tratamiento suele ascender a unos 14.500 euros por paciente. Sanidad insiste en que la modificación «no cambia nada».

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